Sentencia N° 2855 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de noviembre de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 2855, Exp. 02-0311, 20/11/2002
Expediente02-0311
PonenteANTONIO J. GARCÍA GARCÍA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2002-11-20
DecisiónParcialmente Con Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró parcialmente con lugar el recurso de nulidad interpuesto por la Federación Nacional de Ganaderos de Venezuela contra varios artículos del Decreto con rango y fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Se declaró la constitucionalidad de los artículos 82 y 84, mientras que se declaró la inconstitucionalidad de los artículos 89 y 90. Además, se interpretaron los artículos 40 y 43, reconociendo su plena vigencia y validez. La decisión se fundamenta en la protección del derecho a la defensa y la separación de poderes.
Extracto de la motiva
La Sala hace valer los argumentos expuestos en el apartado anterior para señalar que, con el ejercicio de los poderes inquisitivos de la Administración en el procedimiento administrativo, per se, no se está transgrediendo el principio de división de poderes, ya que la estructura orgánica y funcional del Estado, que estableció nuestra Constitución vigente, al igual que la imperante bajo la vigencia de la Constitución de 1961, estipula una División de Poderes (conceptualización flexible) que permite que cada uno de los órganos que ejercen los distintos Poderes Públicos colaboren entre sí, surgiendo como corolario de esta situación que la separación de funciones no coincida directamente con la división de poderes, encontrándose muchas veces en la actividad jurídica de los órganos del Estado, que éstos ejerzan, además de las funciones que le son propias por orden constitucional, funciones que son características de otros Poderes.
Dispositiva
Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de nulidad ejercido por razones de inconstitucionalidad por el ciudadano José Luis Betancourt R., en su carácter de Presidente de la FEDERACIÓN NACIONAL DE GANADEROS DE VENEZUELA (FEDENAGA), contra las normas contenidas en los artículos 25, 40, 43, 82, 84, 89 y 90 del Decreto con rango y fuerza de LEY DE TIERRAS Y DESARROLLO AGRARIO, publicado en la Gaceta Oficial N° 37.323 del 13 de noviembre de 2001. En consecuencia, declara: PRIMERO: LA CONSTITUCIONALIDAD de los artículos de las normas contenidas en los artículos 82 y 84 del Decreto con rango y fuerza de LEY DE TIERRAS Y DESARROLLO AGRARIO, publicado en la Gaceta Oficial N° 37.323 del 13 de noviembre de 2001. SEGUNDO: INTERPRETA y, en consecuencia, se reconoce, en los términos expuesto en este fallo, la plena vigencia y validez de la disposiciones que contienen los artículos 25, 40 y 43 del Decreto con rango y fuerza de LEY DE TIERRAS Y DESARROLLO AGRARIO, publicado en la Gaceta Oficial N° 37.323 del 13 de noviembre de 2001. TERCERO: la INCONSTITUCIONALIDAD de los artículos 89 y 90 del Decreto con rango y fuerza de LEY DE TIERRAS Y DESARROLLO AGRARIO, publicado en la Gaceta Oficial N° 37.323 del 13 de noviembre de 2001.
Palabras clave
nulidadinconstitucionalidadderecho a la defensaseparación de poderesLey de Tierrasdesarrollo agrarioconstitucionalidadexpropiación