Sentencia N° 285 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de marzo de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 0285, Exp. 22-0917, 06/03/2025
Expediente22-0917
PonenteJanette Trinidad Córdova Castro
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2025-03-06
DecisiónORDENA

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre la solicitud de revisión constitucional presentada por Gladys Bali de Finol, a través de su abogada Yuliannys Arraiz, respecto a una sentencia de la Sala de Casación Civil que declaró sin lugar un recurso de casación. La Sala determina su competencia para conocer la solicitud y ordena la remisión de expedientes relacionados para un mejor análisis del caso. Se advierte sobre las consecuencias del incumplimiento de la decisión.

Extracto de la motiva

Ahora bien, luego del análisis de la sentencia cuestionada y su confrontación con los alegatos expuestos en la solicitud de Revisión Constitucional, surgen inquietudes que verificar, es por lo que esta Sala con el objeto de formarse un mejor criterio sobre el asunto planteado, considera necesario solicitar la remisión de las causas judiciales identificadas con los alfanuméricos AP11-V-2012-00007, llevado por ante el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y el AP71-R-2017-000310, contentivo del recurso de apelación llevado por ante el Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la misma Circunscripción Judicial, todo de conformidad con el artículo 145 de la Ley Orgánica de Reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia, se ORDENA oficiar al Juez Rector en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que haga las gestiones necesarias, y sean recabados en el lugar donde se encuentren los referidos expedientes y los remita a esta Sala, dentro de un lapso de cincos (5) días hábiles siguientes a su notificación.

Dispositiva

Se ORDENA oficiar al Juez Rector en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que haga las gestiones necesarias, y sean recabados en el lugar donde se encuentren los referidos expedientes y los remita a esta Sala, dentro de un lapso de cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación.

Palabras clave

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