Sentencia N° 283 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de marzo de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 0283, Exp. 22-0042, 06/03/2025
Expediente22-0042
PonenteJANETTE TRINIDAD CÓRDOVA CASTRO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-03-06
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Erika Alejandra González Rondón y José Manuel Olivero Aguilera, en representación de la sociedad mercantil 'Inversiones Pereira Rodríguez, C.A.' y la Junta de Condominio 'Taurina 2000'. La acción se dirigía contra la decisión del Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, que había declarado con lugar un recurso de apelación y la acción de amparo constitucional. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de acompañamiento de la decisión que se impugna, incumpliendo así la carga procesal del accionante.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Determinada como ha sido la competencia de esta Sala, pasa a analizar los aspectos de la presente acción de amparo constitucional que hoy nos ocupa, la cual fue incoada contra la decisión dictada el 17 de enero de 2022, por el Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, que declaró entre otros particulares, con lugar la apelación interpuesta y con lugar la acción de amparo incoada. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 11 de 15
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional.