Sentencia N° 282 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de febrero de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 282, Exp. 07-1750, 28/02/2008
Expediente07-1750
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2008-02-28
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por Wiliem Asskoul S. contra la decisión de la Junta Directiva del Consejo Nacional Electoral de utilizar máquinas capta huellas en procesos electorales. La Sala argumenta que la situación denunciada por el accionante se volvió irreparable, dado que el proceso electoral ya se había llevado a cabo. Se destaca que el uso de estas máquinas podría vulnerar derechos constitucionales, pero la acción no puede ser admitida por la imposibilidad de restablecer la situación jurídica infringida.

Extracto de la motiva

La Sala ha precisado que la acción de amparo constitucional tiene como finalidad proteger los derechos constitucionales de los justiciables, siempre que se pueda restablecer la situación jurídica infringida o la que más se asemeje a ella; en consecuencia, esta particular forma de tutela constitucional resulta inadmisible cuando no puedan retrotraerse las circunstancias fácticas al estado que tenían antes de interponerse la acción correspondiente. En el presente caso, la pretensión del accionante está referida a impedir que en el proceso electoral aprobatorio de la reforma constitucional se utilice las llamadas 'máquinas capta o caza huellas o equipos de información biométrica'. Ahora bien, constituye un hecho notorio que tal proceso electoral se realizó el pasado 2 de diciembre de 2007, por lo que la presunta situación jurídica infringida denunciada por el accionante se hizo evidentemente irreparable a tenor de lo establecido en el cardinal 3 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Dispositiva

Por los razonamientos antes señalados, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano WILIEM ASSKOUL S., ya identificado, contra 'la decisión de los integrantes de la Junta Directiva del Consejo Nacional Electoral (CNE), de utilizar por cuarta vez las denominadas máquinas capta o caza huellas o equipos de información biométrica'. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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