Sentencia N° 2818 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de noviembre de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 2818, Exp. 01-1532, 19/11/2002
Expediente01-1532
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2002-11-19
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional Accidental del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia N° 943 de la Sala Político-Administrativa que declaró sin lugar la demanda de daños y perjuicios por el homicidio de Ramón Oscar Carmona Vásquez. Los recurrentes argumentaron violaciones a derechos constitucionales y solicitaron la revisión de la decisión. La Sala Constitucional determinó que la responsabilidad del Estado debía ser considerada, dado que los hechos dañosos fueron cometidos por agentes policiales en el ejercicio de sus funciones. Se declaró con lugar el recurso de revisión y se anuló la sentencia impugnada, ordenando el resarcimiento de los daños a los demandantes.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PROCEDENTE el recurso de revisión interpuesto por los ciudadanos GLADYS JOSEFINA JORGE SAAD (vda) DE CARMONA y RAMON OSCAR CARMONA JORGE asistidos por los Abogados LUISA AMELIA CARRIZALES, EFREN LOPEZ DEL CORRAL, CARLOS KARIM MASRIE y JORGE BAHACHILLE MERDENI, antes identificados. SEGUNDO: ANULA la sentencia dictada el 15 de mayo de 2001 por la Sala Político-Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, por ser contraria a los principios constitucionales consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que prevén el establecimiento de un régimen integral y objetivo de la responsabilidad del Estado que se erige en garantía de los particulares frente a las actuaciones dañosas de la Administración.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PROCEDENTE el recurso de revisión interpuesto por los ciudadanos GLADYS JOSEFINA JORGE SAAD (vda) DE CARMONA y RAMON OSCAR CARMONA JORGE asistidos por los Abogados LUISA AMELIA CARRIZALES, EFREN LOPEZ DEL CORRAL, CARLOS KARIM MASRIE y JORGE BAHACHILLE MERDENI, antes identificados. SEGUNDO: ANULA la sentencia dictada el 15 de mayo de 2001 por la Sala Político-Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, por ser contraria a los principios constitucionales consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que prevén el establecimiento de un régimen integral y objetivo de la responsabilidad del Estado que se erige en garantía de los particulares frente a las actuaciones dañosas de la Administración.

Palabras clave

responsabilidad patrimonialhomicidioderechos humanosrevisión constitucionalEstadodaños y perjuiciosjusticiaadministración pública

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