Sentencia N° 2814 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de noviembre de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 2814, Exp. 01-1997, 14/11/2002
Expediente01-1997
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-11-14
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 2375, declaró sin lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Elizabeth Milagro Sequera Martínez. La acción se dirigía contra una decisión del Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, que había confirmado una decisión anterior del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. La Sala corrigió un error material en el fallo original, aclarando que el Juzgado de instancia pertenece al Área Metropolitana de Caracas.
Extracto de la motiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana ELIZABETH MILAGRO SEQUERA contra la decisión dictada el 17 de abril de 2001 por el Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la apelación ejercida y, en consecuencia confirmó la decisión dictada el 26 de septiembre de 2000, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial, que declaró con lugar la intimación al pago que incoara la ciudadana Sofía Acevedo de Vall contra la ciudadana Elizabeth Milagro Sequera.
Dispositiva
Así se decide. Téngase el presente fallo como parte integrante de la sentencia de esta Sala, signada con el Nº 2375 del 9 de octubre de 2002. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amparo constitucionalerror materialdecisión judicialjuzgado superiorintimación al pagoacción de amparo