Sentencia N° 2811 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de diciembre de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 2811, Exp. 03-0721, 07/12/2004
Expediente03-0721
PonenteANTONIO J. GARCÍA GARCÍA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2004-12-01
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad de la acción de amparo interpuesta por Sadhana Querales en representación de Jaime Emilio Millor Millor, contra la decisión del Tribunal Décimo Sexto de Control. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar la acción de amparo, lo que motivó la consulta a la Sala Constitucional. Esta última determinó que la defensa no había agotado los recursos ordinarios, específicamente el recurso de apelación, lo que llevó a declarar inadmisible la acción de amparo.
Extracto de la motiva
La audiencia preliminar tiene como objetivo, entre otros, resolver si existen motivos para admitir la acusación presentada por el Ministerio Público y la de la víctima, si fuere el caso. Esa resolución es consecuencia del estudio de los fundamentos que tomó en cuenta el fiscal del Ministerio Público para estimar que existen motivos para que se inicie un juicio oral y público contra el acusado, y lo hace el juez una vez que presencie las exposiciones orales de las partes involucradas en el proceso penal. Igualmente, se debe analizar en dicha audiencia, entre otros aspectos, la pertinencia y necesidad de los medios de prueba que ofrecen las partes para que sean practicadas en la etapa del juicio oral y público, así como las excepciones opuestas por el defensor conforme lo señalado en el artículo 328 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dispositiva
PRIMERO: REVOCA la decisión dictada el 5 de marzo de 2003 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la acción de amparo constitucional interpuesta. SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por la abogada Sadhana Querales, con el carácter de defensora privada del ciudadano Jaime Emilio Millor Millor, contra la decisión dictada el 27 de enero de 2003, por el Tribunal Décimo Sexto de control del Circuito Judicial Penal de la misma Circunscripción Judicial.