Sentencia N° 280 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de marzo de 2018
TSJ/SC, Sent. N° 0280, Exp. 16-1243, 14/03/2018
Expediente16-1243
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2018-03-14
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una solicitud de revisión constitucional relacionada con una decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Carabobo. La solicitud fue presentada por el abogado Alfredo Rafael Brito Rodríguez en representación de Thurman Rojas Aponte, quien impugnaba una sentencia que declaró sin lugar un recurso de apelación. La Sala, tras analizar el caso, decidió ordenar al juzgado remitente que enviara copia certificada del expediente correspondiente para verificar aspectos relevantes para la decisión.
Extracto de la motiva
La Sala, a los fines de emitir un pronunciamiento en resguardo de la tutela judicial efectiva y eficaz y de acceso a la justicia a través del proceso como instrumento fundamental, tomando en cuenta que en la presente solicitud de revisión constitucional se denuncia la presunta infracción de normas de orden público, estima necesario con fundamento en lo previsto en el único aparte del artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, ORDENAR al Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que en el lapso de cinco (5) días siguientes a su notificación, más el término de dos (2) días de la distancia, remita a esta Sala copia certificada de la totalidad del expediente signado con el alfanumérico GP02-R-2015-000107 (nomenclatura de dicho Tribunal Superior). En caso de que el expediente cuya información se requiere no sea remitido en el lapso indicado, se tomarán las medidas disciplinarias a que hubiere lugar.
Dispositiva
ORDENAR al Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que en el lapso de cinco (5) días siguientes a su notificación, más el término de dos (2) días de la distancia, remita a esta Sala copia certificada de la totalidad del expediente signado con el alfanumérico GP02-R-2015-000107.
Palabras clave
tutela judicialacceso a la justiciarevisión constitucionalnormas de orden públicoJuzgado Superiorexpediente