Sentencia N° 280 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de febrero de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 280, Exp. 05-1960, 17/02/2006
Expediente05-1960
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoHabeas Data
Fecha de la decisión2006-02-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara su competencia para conocer de la demanda de habeas data presentada por Raul Enrique Rojas Osorio, quien solicita ser excluido de registros policiales. La Sala admite la demanda y establece que la pretensión se corresponde con la naturaleza del habeas data, dado que se busca la corrección de información errónea en registros públicos. La decisión se fundamenta en el derecho constitucional de acceso a la información y la falta de desarrollo legislativo sobre el procedimiento de habeas data.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la pretensión de autos debe ser admitida y así se declara. Se advierte que, para la tramitación y decisión del recurso de habeas data, el artículo 28 de la Constitución no ha sido desarrollado por la Ley, razón por la cual ésta no ha establecido el procedimiento a través del cual se ventile ese tipo de pretensión. No obstante esa omisión, la misma Sala en sentencia nº 2551, del 24 de septiembre de 2003, señaló: 'La Sala aprecia la necesidad del establecimiento de un procedimiento necesario para hacer efectivo los derechos a que se refiere el artículo 28 constitucional (derecho de acceso a la información, derecho de conocer uso y finalidad de los datos, derecho de actualización, rectificación y destrucción de la información), función que corresponde a la Asamblea Nacional y que no ha sido ejecutada.'

Dispositiva

1. Declara su competencia para el conocimiento de la demanda de habeas data que intentó el ciudadano RAUL ENRIQUE ROJAS OSORIO, con la asistencia del abogado Luis Roberto Cabrera Dekash, ambos suficientemente identificados en autos, contra el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y la Dirección General de Identificación y Extranjería; ambos, adscritos al Ministerio del Interior y Justicia; 2. ADMITE la presente demanda de habeas data. ORDENA el emplazamiento a la representación legal de la parte demandada para que al décimo día después de practicada la última citación, exponga lo que a bien tenga.

Palabras clave

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