Sentencia N° 28 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de febrero de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 28, Exp. 07-1780, 19/02/2008
Expediente07-1780
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2008-02-19
DecisiónIncompetente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de nulidad interpuesto por YHONT BROW ROSALES PACHECO contra un acto administrativo de la Contraloría Interna del Instituto Autónomo del Fondo Único Social. El recurrente alegó violaciones a sus derechos fundamentales en el proceso administrativo que resultó en una multa de 770 unidades tributarias. La Sala, tras analizar la competencia, determinó que no era competente para conocer del recurso, declinando la competencia a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional carece de competencia para juzgar respecto de la pretensión de nulidad del acto administrativo impugnado en esta oportunidad, emanado de la Contraloría Interna del Instituto Autónomo del Fondo Único Social (IAFUS), dada su jerarquía normativa como un acto de rango sublegal. En tal sentido, observa esta Sala que el artículo 108 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal dispone lo siguiente: “Contra las decisiones del Contralor General de la República o sus delegatarios, señaladas en los artículos 103 y 107 de esta ley, se podrá interponer recurso de nulidad por ante el Tribunal Supremo de Justicia, en el lapso de seis (6) meses contados a partir del día siguiente a su notificación. En el caso de las decisiones dictadas por los demás órganos de control fiscal se podrá interponer, dentro del mismo lapso contemplado en este artículo, recurso de nulidad por ante la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo”. Del análisis de la norma transcrita se evidencia un régimen especial de competencia a favor de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, hoy Cortes de lo Contencioso Administrativo, para conocer de los recursos de nulidad incoados contra las actuaciones de los órganos de control fiscal, distintos a la Contraloría General de la República y sus delegados.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE para conocer del recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano YHONT BROW ROSALES PACHECO, antes identificado, contra el acto administrativo del 20 de agosto de 2004, emanado de la Contraloría Interna del Instituto Autónomo del Fondo Único Social (IAFUS), a través del cual se le declaró responsable administrativamente y se le condenó al pago de una multa equivalente a la cantidad de 770 unidades tributarias, por estar incurso en conductas ilícitas contenidas en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, y declara COMPETENTE, a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, en consecuencia se DECLINA LA COMPETENCIA.

Palabras clave

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