Sentencia N° 278 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de marzo de 2018

TSJ/SC, Sent. N° 0278, Exp. 18-0102, 14/03/2018
Expediente18-0102
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2018-03-14
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda de nulidad por inconstitucionalidad presentada por Gonzalo Oliveros Navarro contra el Decreto N° 2.878, que establece las Bases Comiciales para la Asamblea Nacional Constituyente. La Sala acepta la declinatoria de competencia de la Sala Político-Administrativa y se declara competente para conocer del recurso, pero determina que la pretensión de nulidad es inadmisible debido a la cosa juzgada existente sobre el acto impugnado. Se resuelve que el objeto de la demanda ha decaído y se archiva el expediente.

Extracto de la motiva

motivan la demand señalando que, “[p]or [i]legalidad de un Acto Administrativo” con medida cautelar d suspensión de efectos, contra el Decreto número 2.878, dictado por el Presidente de l República en Consejo de Ministros, publicado en la Gaceta Oficial de la Repúblic IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 1 de 16 Bolivariana de Venezuela número 41.156 del 23 de mayo de 2017, con fundamento en lo siguientes argumentos: Que, “como consecuencia de un procedimiento constituyente realizado en las postrimerías del siglo 20, los venezolanos aproba[ron] el 15 de Diciembre de 1999 mediante inédito referendo, la Constitución que rige los destinos de[l] (…) país desde esa fecha”. (Agregados de la Sala).

Dispositiva

1.- ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia se declara COMPETENTE para conocer del recurso de nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad ejercido por el abogado GONZALO OLIVEROS NAVARRO, actuando en su nombre, contra el Decreto número 2.878 dictado por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, en Consejo de Ministros, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n°. 41.156 del 23 de mayo de 2017, en el que se establecieron las 'Bases Comiciales para la Asamblea Nacional Constituyente'. 2.- EL DECAIMIENTO DEL OBJETO en la demanda de nulidad por inconstitucionalidad ejercida por el abogado GONZALO OLIVEROS NAVARRO, contra el Decreto n° 2.830, de fecha 01 de mayo de 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n° 6.295, Extraordinario. 3.- INADMISIBLE la pretensión de que se declare la nulidad del artículo 6 del Decreto n° 2.878, de fecha 23 de mayo de 2017, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n° 41.156, contra la decisión del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual aprobó la convocatoria para la Asamblea Nacional Constituyente.

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