Sentencia N° 277 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de octubre de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 0277, Exp. 16-0997, 18/10/2024
Expediente16-0997
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2024-10-18
DecisiónORDENA
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre la solicitud de revisión constitucional presentada por la abogada Miriam Ruiz Ruiz en representación del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. La solicitud se refiere a una decisión anterior que declaró con lugar un recurso de apelación en un caso de destitución laboral. La Sala determina su competencia para conocer la solicitud y ordena la remisión de un informe detallado sobre el estado actual de la causa relacionada con la reincorporación del demandante al cargo que desempeñaba.
Extracto de la motiva
Ahora bien se considera necesario señalar que la presente solicitud de revisión data del año 2016, y como quiera que se desconoce si para ese momento el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S), había dado cumplimiento a lo ordenado por la entonces Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, -hoy Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital- y sumado a ello por notoriedad judicial se verificó la existencia de la decisión n° 521 del 28 de junio de 2017, dictada por esta Sala, en virtud de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JHONNY ABIL GONZÁLEZ OJEDA, contra “…LA NEGATIVA DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S) DE CUMPLIR CON EL MANDATO JUDICIAL de la sentencia proferida por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, identificada con el Asunto (sic) N° AP42-R-2014-000748 de fecha 13 de noviembre de 2014…” mediante la cual declinó la competencia en los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital. Razón por cual esta Sala a los fines de pronunciarse sobre la solicitud de revisión de autos, contra la sentencia n° 2014-1614, del junio de 2016, del 13 de noviembre de 2014 dictada por la entonces Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, -hoy Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, y como quiera que se desconoce si se materializó el reingreso ordenado, así como las resultas de la acción de amparo interpuesta por el ciudadano Jhonny Abil González Ojeda, esta Sala Constitucional, considera pertinente hacer uso de la potestad que le es dada al juez constitucional, previo a la emisión del fallo correspondiente, de requerir la información que sea necesaria o solicitarla de oficio cuando lo estime pertinente para la resolución del caso sometido a su conocimiento (Vid. Sentencia de la Sala Constitucional Nº 698/09, caso: Álvaro Luis Escalona y otro) y de conformidad con lo establecido en el artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dicta un auto para mejor proveer y ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional que oficie al Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital (anteriormente Corte Primera de lo Contencioso Administrativo), para que dentro del lapso de cinco (5) días contados a partir de su notificación, remita a esta Sala Constitucional un informe detallado sobre el estado actual de la causa signada con el alfanumérico N° AP42-R-2014-000748, nomenclatura de ese despacho, donde se señale si se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión dictada por ese Juzgado el 13 de noviembre de 2014, referente a la reincorporación al cargo que el ciudadano Jhonny Abil González Ojeda venía desempeñando en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S).
Dispositiva
ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional que oficie al Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital para que dentro del lapso de cinco (5) días contados a partir de su notificación, remita a esta Sala Constitucional un informe detallado sobre el estado actual de la causa signada con el alfanumérico N° AP42-R-2014-000748.
Palabras clave
revisión constitucionalcontencioso administrativoderechos laboralesinstituto venezolano de los seguros socialesreincorporaciónmandato judicial