Sentencia N° 277 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de abril de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 277, Exp. 12-0557, 05/04/2013
Expediente12-0557
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-04-05
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la apelación interpuesta por Nancy Josefina Serrano contra la decisión del Juzgado Superior Civil que declaró sin lugar la acción de amparo constitucional. La apelación fue presentada fuera del lapso legal establecido, lo que llevó a la Sala a considerar que la decisión del tribunal inferior se mantiene firme. La Sala fundamenta su decisión en el análisis de los plazos y la normativa aplicable al caso.

Extracto de la motiva

La Sala advierte que el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales establece expresamente que el lapso para interponer el recurso de apelación una vez dictada la sentencia en sede constitucional es de tres (3) días, entendiéndose después de publicado o notificado según el caso. Bajo el marco normativo citado y la situación de hecho presentada en este caso, esta Sala considera pertinente señalar que el accionante disponía del aludido lapso de tres (3) días para la interposición del recurso de apelación en este procedimiento de amparo. Así las cosas, debe esta Sala reiterar que, de conformidad con la interpretación que se le ha dado al texto del artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el lapso para recurrir de la decisión dictada por la primera instancia en el proceso de amparo, es de tres (3) días contados a partir de la fecha de publicación del fallo, los cuales, a su vez, deben ser computados por días calendarios consecutivos, excepto los sábados, los domingos, el jueves y el viernes santos, los declarados días de fiesta por la Ley de Fiestas Nacionales y los declarados no laborables por otras leyes, ello a los fines de salvaguardar el derecho a la defensa.

Dispositiva

1.- INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEA la apelación interpuesta por la ciudadana NANCY JOSEFINA SERRANO, asistida por la abogada Zulimar López Núñez, contra la sentencia dictada el 14 de marzo de 2012 por el Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, que declaró sin lugar el amparo constitucional interpuesto. 2.- FIRME la decisión apelada.

Palabras clave

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