Sentencia N° 277 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de marzo de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 277, Exp. 08-0703, 20/03/2009
Expediente08-0703
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-03-20
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el amparo constitucional interpuesto por Carlos Alberto Uribe Adrianza en representación de Estrella Haydee Rodríguez Fragoza, Richard Arturo Jaspe Marín y José Pérez Tovar, contra la sentencia número 2007-002496 de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de representación adecuada, ya que el abogado no presentó el poder que lo acreditara como representante judicial de los ciudadanos mencionados.

Extracto de la motiva

Para la interposición de un amparo constitucional, cualquier persona que considere haber sido víctima de lesiones constitucionales, que reúna las condiciones necesarias para actuar en juicio, puede ser parte actora en un proceso de ese tipo. Sin embargo, al igual que para cualquier otro proceso, si ese justiciable, por más capacidad procesal que posea, no puede o no quiere por su propia cuenta postular pretensiones en un proceso, el ius postulandi o derecho de hacer peticiones en juicio, deberá ser ejercido por un abogado que detente el derecho de representación, en virtud de un mandato o poder auténtico y suficiente. Así las cosas, para lograr el ‘mandamiento’ de la acción de amparo constitucional, será necesario por parte del abogado que no se encuentre asistiendo al supuesto agraviado, demostrar su representación de manera suficiente; de lo contrario, la ausencia de tan indispensable presupuesto procesal deberá ser controlada de oficio por el juez de la causa mediante la declaratoria de inadmisibilidad de la acción.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Carlos Alberto Uribe Adrianza, actuando como supuesto apoderado de los ciudadanos ESTRELLA HAYDEE RODRÍGUEZ FRAGOZA, RICHARD ARTURO JASPE MARÍN y JOSÉ PÉREZ TOVAR, contra la sentencia número 2007-002496, dictada el 30 de noviembre de 2007, por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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