Sentencia N° 275 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de febrero de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 275, Exp. 00-2048, 20/02/2003
Expediente00-2048
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2003-02-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional se pronuncia sobre un recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por ESTIRENO DEL ZULIA, C.A. y PLÁSTICOS DEL LAGO, C.A. contra el artículo 2° de la Ordenanza de Impuestos sobre Inmuebles Urbanos del entonces Distrito Miranda del Estado Zulia. Se ordena al Concejo Municipal del Municipio Miranda del Estado Zulia remitir información sobre la vigencia de la Ordenanza en un plazo de diez días, y se establece un nuevo plazo de cuarenta y ocho horas para el envío de la información requerida, bajo pena de sanción conforme al Código de Procedimiento Civil.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, al examinar el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto, considera que es fundamental garantizar el derecho de los ciudadanos a conocer la normativa que les afecta. En este sentido, se reitera la obligación del Concejo Municipal de remitir la información solicitada en un plazo razonable, a fin de asegurar la transparencia y el acceso a la justicia. La falta de respuesta por parte del ente legislativo municipal no puede ser tolerada, ya que afecta el interés de las partes en el procedimiento de nulidad.

Dispositiva

Se ordena al Concejo Municipal del Municipio Miranda del Estado Zulia remitir la información solicitada en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas más el término de la distancia de ocho (8) días, so pena de sanción de conformidad con el artículo 17 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente, se ordena la notificación de las recurrentes para que acudan al presente juicio en un lapso no mayor de diez (10) días.

Palabras clave

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