Sentencia N° 2743 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de diciembre de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 2743, Exp. 04-0849, 01/12/2004
Expediente04-0849
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-12-01
DecisiónCONFIRMA
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirma la sentencia del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró el abandono del trámite en un amparo constitucional. La decisión se basa en la inacción prolongada de la parte actora, que no impulsó el proceso desde diciembre de 2000 hasta marzo de 2004, lo que llevó a la conclusión de que había renunciado a su pretensión de amparo. Además, se impone una multa a la parte actora por entorpecer las labores de justicia.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y, con ello, la extinción de la instancia. Así se declara.
Dispositiva
CONFIRMA la sentencia que dictó el 19 de marzo de 2004, el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró el abandono del trámite en el amparo constitucional que intentó el SINDICATO ÚNICO DE LA CORPORACIÓN VENEZOLANA DE TRANSPORTE SILVA C.A.
Palabras clave
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