Sentencia N° 274 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de febrero de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 274, Exp. 01-0836, 20/02/2003
Expediente01-0836
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-02-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirma la decisión de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por un abogado en representación de varios inquilinos. La Corte consideró que los arrendatarios no fueron debidamente notificados en el juicio de nulidad de un acto administrativo, lo que vulneró su derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva. La sentencia establece que la notificación por cartel no fue suficiente para garantizar el derecho de los inquilinos a participar en el proceso judicial.

Extracto de la motiva

En consecuencia, de acuerdo con el artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a los efectos de reestablecer la situación jurídica infringida de los justiciables, esta Corte declara procedente el amparo constitucional intentado y ordena al Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital la reposición de la causa al estado de practicar una nueva notificación de acuerdo con el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, incluyendo a cada uno de los arrendatarios del Edificio Mérida, ubicado en la Urbanización El Maques (sic). Así se decide.

Dispositiva

CONFIRMA, en los términos expuestos en este fallo, la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, el 9 de noviembre de 2000, que declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado José Francisco Ávila Marcano, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 12.879, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Luisa Gutiérrez, Raquel Arreaza, Luis Pérez, Oscar Fuentes, Nelly Parra, Magdalena Alemany, Cesar Contreras, Guglielmo Guica, Jerónimo Moncho, Maria Carvalho e Isabel Riera, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 4 de julio de 2000.

Palabras clave

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