Sentencia N° 2736 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de diciembre de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 2736, Exp. 04-1047, 01/12/2004
Expediente04-1047
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2004-12-01
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre un recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por Jesús Enrique Caldera Infante contra varios artículos de la Ley del Banco Central de Venezuela. El recurrente alegó que las disposiciones impugnadas violaban principios constitucionales, incluyendo la legalidad y el derecho a la participación ciudadana en el control social sobre el Banco Central. La Sala, tras analizar las alegaciones, determinó que la solicitud de medida cautelar era improcedente y que el caso debía tramitarse sin la apertura del lapso probatorio.

Extracto de la motiva

En el presente caso, se ha ejercido un recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad contra varios artículos de la Ley del Banco Central y dos de sus Disposiciones Transitorias. Establece el numeral 1 del artículo 336 de la Carta Magna que, es atribución de la Sala Constitucional, “...(d)eclarar la nulidad total o parcial de las leyes nacionales y demás actos con rango de ley de la Asamblea Nacional, que colidan con esta Constitución”. En ese mismo sentido, el numeral 6 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dispone que corresponde a esta Sala “...(d)eclarar la nulidad total o parcial de las leyes nacionales y demás actos con rango de ley de la Asamblea Nacional, que colidan con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, mediante el ejercicio del control concentrado de la constitucionalidad. La sentencia que declare la nulidad total o parcial deberá publicarse en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, determinando expresamente sus efectos en el tiempo”. Atendiendo a las disposiciones antes transcritas, esta Sala se declara competente para conocer del recurso de nulidad interpuesto. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se NIEGA la medida cautelar solicitada por el ciudadano JESÚS ENRIQUE CALDERA INFANTE, asistido por los abogados ENRIQUE TINEO SUQUET y MARÍA ISABEL MARÍN, con ocasión al recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto contra los artículos 7, 15, 73 al 88, ambos inclusive, 82, 87, 114 y las Disposiciones Transitorias Tercera y Cuarta de la Ley del Banco Central de Venezuela. Se decide que la presente causa se tramite sin lapso probatorio y, en consecuencia, se ORDENA remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines de la publicación del cartel de emplazamiento a los interesados, y para la continuación del procedimiento en el presente recurso de nulidad.

Palabras clave

nulidadinconstitucionalidadBanco Central de Venezuelamedida cautelarparticipación ciudadanacontrol sociallegalidad

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca