Sentencia N° 2731 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de agosto de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 2731, Exp. 05-0622, 12/08/2005
Expediente05-0622
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaPenal
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-08-12
DecisiónAnula
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia anula la sentencia dictada el 15 de marzo de 2005 por el Juzgado Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, que desaplicó el segundo aparte del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. La Sala argumenta que dicha desaplicación colide con principios constitucionales de igualdad y tutela judicial efectiva, y que limita la posibilidad de rebaja de pena en delitos graves como el transporte ilícito de sustancias estupefacientes.
Extracto de la motiva
Que la anterior afirmación se realiza a la luz del principio de igualdad ante la ley, ya que la jurisprudencia ha precisado que la violación al derecho a la no discriminación se configura cuando se trata de forma desigual a los iguales, por lo que señaló que, a los fines de poder establecer cómo el segundo aparte del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, quebranta el principio de igualdad, debemos analizar el término ‘iguales entre iguales’, desde dos puntos de vista...
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley: ANULA la sentencia definitivamente firme, dictada el 15 de marzo de 2005, por el Juzgado Sexto Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, que aplicó el control difuso de la constitucionalidad al segundo aparte del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa penal seguida contra la ciudadana FABIOLA OSORIO HORGA. 2. ORDENA que se dicte sentencia en el caso de autos con estricta aplicación del segundo aparte del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. 3. ORDENA remitir las presentes actuaciones a la Inspectoría General de Tribunales y a la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de iniciar la investigación pertinente para determinar la responsabilidad a que hubiere lugar, por parte del Juez que dictó la sentencia objeto de esta revisión.
Palabras clave
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