Sentencia N° 272 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de marzo de 2026
TSJ/SC, Sent. N° 0272, Exp. 25-1329, 11/03/2026
Expediente25-1329
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2026-03-11
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Zair Shepherd Vargas y otros, en relación a la inadmisibilidad de una acción de amparo constitucional contra el Juzgado Vigésimo Primero. La apelación fue declarada sin lugar, confirmando la decisión de la Sala Sexta de la Corte de Apelaciones que había declarado inadmisible la acción por inepta acumulación de pretensiones. La Sala consideró que la defensa pública garantiza el derecho a la defensa y que las denuncias presentadas eran incompatibles entre sí.
Extracto de la motiva
En base a lo anteriormente expresado, esta Sala Seis (06) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional, considera que lo procedente y ajustado derecho en el presente caso es declarar INADMISIBLE, la acción de amparo Constitucional incoada por los ciudadanos ZAIR SHEPHERD VARGAS, ELENA ZARRAGA ACOSTA Y MARCO ROMAN(sic) AMORETTI (…) quien actúa en nombre del ciudadano JESUS (sic) MARIA (sic) VARGAS (...) de conformidad con lo establecido en el artículo 49 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por estar ante la presencia de una INEPTA ACUMULACIÓN DE PRETENSIONES, todo de conformidad con lo establecidos en el artículo 6 numerales 2 y 5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. ASÍ SE DECIDE.
Dispositiva
1.- COMPETENTE para conocer de la apelación ejercida. 2.- SIN LUGAR la apelación ejercida contra la decisión dictada el 6 de noviembre de 2025, por la Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. 3.- CONFIRMA en los términos expuestos la decisión del a quo que declaró inadmisible la presente acción de amparo constitucional.
Palabras clave
amparoinadmisibilidadderecho a la defensaacumulación de pretensionesconstitucióntribunales