Sentencia N° 272 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de abril de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 272, Exp. 09-1335, 16/04/2010
Expediente09-1335
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2010-04-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia dictada el 25 de junio de 2009 por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que había declarado con lugar la acción de reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por José Carlos Valera contra Moore de Venezuela, S.A. La revisión se solicitó debido a vicios de inmotivación y silencio de pruebas en la sentencia impugnada, argumentando que el juez no analizó adecuadamente las pruebas testimoniales presentadas por la demandada y no justificó su decisión de revocar la sentencia de primera instancia.

Extracto de la motiva

La falta de motivación de la sentencia, en un vicio que afecta el orden público, ya que, todo el sistema de responsabilidad civil de los jueces no podría aplicarse y la cosa juzgada no se conocería como se obtuvo, y principios rectores como el de congruencia y de la defensa se minimizarían, por lo cual surgiría un caos social. La exigencia de que toda decisión judicial deba ser motivada es un derecho que tienen las partes en el proceso, el cual no comporta la exigencia de un razonamiento judicial exhaustivo y pormenorizado de todos los aspectos y perspectivas que las partes puedan tener de la cuestión que se decide, sino que deben considerarse motivadas aquellas resoluciones judiciales que vengan apoyadas en razones que permitan conocer cuáles han sido los criterios jurídicos esenciales que fundamentaron la decisión.

Dispositiva

Se declara HA LUGAR la revisión interpuesta por el abogado Giuseppe Mauriello, apoderado judicial de MOORE DE VENEZUELA, S.A., de la sentencia dictada el 25 de junio de 2009, por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En consecuencia, se declara la NULIDAD de la sentencia impugnada y se REPONE la causa al estado en que un Juzgado Superior distinto al que conoció, se pronuncie sobre la apelación con apego al criterio expuesto.

Palabras clave

revisiónsentencia laboralinmotivaciónsilencio de pruebas

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