Sentencia N° 272 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de febrero de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 272, Exp. 07-0898, 28/02/2008
Expediente07-0898
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-02-28
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró sin lugar la solicitud de revisión de la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes, que había revocado una sentencia anterior que declaraba sin lugar una demanda de fraude procesal. Los solicitantes argumentaron la falta de motivación y la violación de derechos fundamentales, pero la Sala consideró que la sentencia recurrida contenía suficiente análisis probatorio y no se apartó de la interpretación constitucional. Además, se ordenó remitir el caso a la Comisión Judicial para investigar la actuación de la jueza que admitió la demanda a pesar de su inhibición.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la sentencia objeto de la presente solicitud de revisión, contiene en su texto una valoración extensa del material probatorio que si bien no satisface las expectativas de los solicitantes, resulta de un proceso de análisis y valoración del juzgador, quien goza de absoluta libertad y autonomía para fundamentar sus decisiones. De donde se desprende que no puede la Sala inmiscuirse en ese sistema de valoración y apreciación de los hechos y las pruebas, salvo que en ese proceso el juez se aparte de interpretaciones previas establecidas por esta Sala Constitucional o que en su actuación viole de manera flagrante una norma constitucional o principio constitucional que lo conduzca a un error grotesco.
Dispositiva
Con fundamento en los señalamientos que anteceden, esta Sala Constitucional, administrando justicia, por autoridad de la Ley declara: NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional de la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y de lo Contencioso Administrativo de la Región Los Andes, el 31 de mayo de 2006, planteada por los ciudadanos Edgar Rafael Febres y Luis Alejandro Hernández Hernández.