Sentencia N° 272 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de marzo de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 272, Exp. 04-0119, 04/03/2004
Expediente04-0119
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-03-04
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en relación a una acción de amparo constitucional presentada por el abogado Gabriel Osorio Tamayo en defensa de Luis Guillermo Conde González. La acción se interpuso contra una decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, que había confirmado una sentencia anterior. La Sala consideró que se habían violado los derechos a la defensa y al debido proceso del accionante, ya que no se había notificado adecuadamente la sentencia impugnada.
Extracto de la motiva
Visto que el defensor del accionante alegó la violación a los derechos a la defensa y al debido proceso por parte de la decisión dictada el 8 de julio de 2003, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, que declaró sin lugar la apelación ejercida por éste contra la sentencia dictada el 12 de mayo de 2003, por el Juzgado Tercero de Control de ese mismo Circuito Judicial Penal, que negó la solicitud efectuada por la Fiscal del Ministerio Público de suspender el ejercicio de la acción penal llevada en su contra, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dispositiva
ORDENA a la Secretaría de la Sala Constitucional oficiar a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, para que dentro de un lapso de tres (3) días continuos, siguientes a su notificación remita copia certificada de la notificación efectuada al referido ciudadano de la sentencia dictada el 8 de julio de 2003.
Palabras clave
amparo constitucionalderechos a la defensadebido procesoCorte de ApelacionesEstado VargasCódigo Orgánico Procesal Penal