Sentencia N° 2716 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de noviembre de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 2716, Exp. 04-2440, 29/11/2004
Expediente04-2440
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2004-11-29
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia número 2476, ordena la remisión del expediente número 151-00 al Juzgado Décimo Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Esta decisión se fundamenta en la solicitud presentada por la abogada Carmen Elena Crespo de Hernández, apoderada del ciudadano Rubén Matías Rojas Pérez, quien argumenta que el expediente está paralizado y debe ser distribuido a otra sala para su conocimiento y resolución. La Sala mantiene la medida cautelar de suspensión del proceso penal hasta que se dicte una nueva sentencia.

Extracto de la motiva

La solicitud en mención, a juicio de la referida apoderada, obedece a “que el físico del expediente, en su totalidad, reposa en el archivo del Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, bajo el número 151-00 nomenclatura de ese Tribunal en función de Control, y que el mismo está paralizado en el estado en que se encontraba por orden de esa Honorable Sala Constitucional en decisión número 2024 dictada en fecha 08 de septiembre de 2004 y ratificada en sentencia número 2476 de fecha 26 de octubre de 2004”. Vista la solicitud en referencia, la Sala observa que, en el presente proceso de amparo, en sentencia número 2476 del 26 de octubre de 2004, la Sala –de oficio- anuló los fallos del 12 y 26 de agosto de 2003, dictados por la Sala No.10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y en consecuencia, repuso la causa penal seguida al ciudadano RUBÉN MATÍAS ROJAS PÉREZ, al estado que tenía antes de dictarse el señalado fallo del 12 de agosto de 2003, previa notificación de las partes, esto es, a que se dictase nuevo pronunciamiento respecto de la apelación interpuesta por el Ministerio Público contra la decisión dictada el 24 de febrero de 2004, por el Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la que decretó el sobreseimiento de la causa seguida contra el prenombrado ciudadano.

Dispositiva

En consecuencia, la Sala ordena al Juzgado Décimo Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas remita el expediente número 151-00 (nomenclatura de ese Juzgado) a la Oficina Distribuidora de Expedientes en materia penal. Publíquese y regístrese. Líbrese oficio al Juzgado Décimo Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Cúmplase lo ordenado.

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