Sentencia N° 271 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de marzo de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 0271, Exp. 24-0957, 06/03/2025
Expediente24-0957
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-03-06
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Zorahima Depablos Revilla en representación de Eleiddy Yesenia Cárdenas Quintero, quien alegaba la omisión de pronunciamiento de la Corte de Apelaciones del Estado Lara. La Sala determinó su competencia para conocer el caso y analizó la situación de la parte accionante, quien se encontraba privada de libertad y en espera de una decisión sobre su apelación. Sin embargo, se constató que la Corte de Apelaciones ya había emitido un pronunciamiento el 26 de septiembre de 2024, lo que llevó a la Sala a declarar inadmisible la acción de amparo por haber cesado la violación denunciada.

Extracto de la motiva

Así las cosas, esta Sala considera, con fundamento en lo establecido en la norma y en el criterio jurisprudencial citado, que en el presente caso ha operado dicha causal de inadmisibilidad, por cuanto, a partir del 26 de septiembre de 2024 (con la decisión dictada por la corte de apelaciones de ese circuito judicial penal), cesó la presunta violación de los derechos constitucionales denunciados, en el recurso interpuesto por la parte accionante. Siendo así, resulta forzoso para esta Sala declarar inadmisible la pretensión de amparo interpuesta, de conformidad con lo establecido en el cardinal 1 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales; y así se declara.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la Abogada Zorahima Depablos Revilla, actuando en este acto como defensora pública de la ciudadana ELEIDDY YESENIA CÁRDENAS QUINTERO, contra la presunta omisión de pronunciamiento en la cual según su decir habría incurrido la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara.

Palabras clave

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