Sentencia N° 271 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de febrero de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 271, Exp. 07-1151, 28/02/2008
Expediente07-1151
PonenteARCADIO DE JESÚS DELGADO ROSALES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2008-02-28
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 1947, ordena al Juzgado Superior Sexto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital remitir el expediente N° 04-0946 relacionado con una querella funcionarial interpuesta por la ciudadana Rafaela León. La Sala destaca la imposibilidad del Juzgado de cumplir con esta remisión debido a que el expediente fue enviado a otras Cortes y no ha sido devuelto. Se ordena a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo remitir el expediente signado como AP42-R-2005-0001669, que contiene el recurso de apelación contra un fallo del Juzgado Superior Sexto. La Sala advierte que el incumplimiento de esta orden conllevará la imposición de una multa, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. La decisión se publica y se ordena su registro y notificación, reafirmando la importancia del cumplimiento de las órdenes judiciales en el proceso administrativo.

Extracto de la motiva

Visto que esta Sala Constitucional mediante sentencia N° 1947 del 18 de octubre de 2007, ordenó al Juzgado Superior Sexto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, que dentro del lapso de dos (2) días, contados a partir de su notificación, remitiera a esta Sala el expediente N° 04-0946, nomenclatura de ese Juzgado, contentivo de la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana Rafaela León, contra el acto administrativo N° 04-13-01 del 7 de septiembre de 2004, dictado por el entonces Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (hoy Ministerio del Poder Popular para la Educación), por cuanto existían serias dudas acerca de la determinación de la procedencia de la revisión ejercida contra la decisión emitida por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, el 13 de marzo de 2007. Visto que mediante oficio N° 07-2145 del 15 de noviembre de 2007 el Juzgado Superior Sexto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, señaló lo siguiente: “…la imposibilidad de este Juzgado de cumplir con la remisión material del expediente N° 04-0946, nomenclatura de este Despacho, contentivo de la querella interpuesta por la ciudadana RAFAELA LEON (…), contra el Ministerio de Educación y Deporte, en virtud que dicho expediente fue remitido a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, mediante oficio N° 904-05, de fecha 16 de septiembre de 2005, por las apelaciones interpuestas, contra la sentencia dictada por este Juzgado el 14 de julio de 2005, dado que el mismo hasta la presente fecha no ha sido devuelto”. En consecuencia, esta Sala, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, decimotercero aparte, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, ordena oficiar a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, para que dentro del lapso de dos (2) días, contados a partir de su notificación, remita a esta Sala Constitucional el expediente signado bajo el alfanumérico AP42-R-2005-0001669 (nomenclatura de dicha Corte) contentivo del recurso de apelación ejercido contra el fallo emanado del Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en la querella funcionarial ejercida por la ciudadana Rafaela León contra la Resolución Nº 04-13-01 del 7 de septiembre de 2004, dictado por el entonces Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (hoy Ministerio del Poder Popular para la Educación). Se advierte a la referida Corte Primera que el incumplimiento a la orden de este auto acarreará la imposición de la multa que establece el artículo 23.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Dispositiva

En consecuencia, esta Sala, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, decimotercero aparte, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, ordena oficiar a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, para que dentro del lapso de dos (2) días, contados a partir de su notificación, remita a esta Sala Constitucional el expediente signado bajo el alfanumérico AP42-R-2005-0001669 (nomenclatura de dicha Corte) contentivo del recurso de apelación ejercido contra el fallo emanado del Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en la querella funcionarial ejercida por la ciudadana Rafaela León contra la Resolución Nº 04-13-01 del 7 de septiembre de 2004, dictado por el entonces Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (hoy Ministerio del Poder Popular para la Educación). Se advierte a la referida Corte Primera que el incumplimiento a la orden de este auto acarreará la imposición de la multa que establece el artículo 23.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

querella funcionarialremisión de expedienterecurso de apelaciónLey Orgánica del Tribunal Supremo de JusticiaMinisterio de EducaciónCorte PrimeraContencioso Administrativo

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