Sentencia N° 2704 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de agosto de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 2704, Exp. 03-1162, 12/08/2005
Expediente03-1162
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-08-12
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 12 de agosto de 2005, declaró sin lugar la apelación de amparo constitucional interpuesta por José Francisco Sánchez, confirmando la sentencia del Juzgado Superior Tercero Agrario que había declarado sin lugar la acción de amparo. La Sala consideró que las decisiones cuestionadas no vulneraban el derecho al debido proceso ni la cosa juzgada, ya que se trataba de la ejecución de una sentencia firme que ordenaba la reinserción de los socios demandantes en la Junta Directiva de la Empresa Campesina Cumaripa I.

Extracto de la motiva

El amparo constitucional ha sido interpuesto contra las decisiones contenidas en los autos dictados el 8 de agosto de 2002, por el Juzgado de Primera Instancia Agraria y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, mediante los cuales esa primera instancia acordó ejecutar su decisión dictada el 13 de noviembre de 2001, que fuera ratificada en su totalidad por el Juzgado Superior Tercero Agrario, en sentencia dictada el 11 de marzo de 2002. Los accionantes cuestionaron la constitucionalidad de los autos denunciados por considerar que los mismos contrarían el derecho constitucional del debido proceso, en razón de haber desvirtuado la cosa juzgada acordada en las decisiones dictadas por ambas instancias, comprendiendo una modificatoria contrapuesta a lo establecido en los artículos 252 y 273 del Código Civil, relativo al régimen de aclaratorias de sentencias y a la eficacia de la sentencia entre las partes. El Juzgado Superior Tercero Agrario dictaminó la improcedencia de la acción interpuesta, en virtud de haber sido esa misma alzada la que confirmó la decisión de primera instancia. En esa oportunidad ratificó la anulación de la designación de la Junta Directiva de EMPRESA CAMPESINA CUMARIPA I y ordenó la reinserción de los socios accionantes a los fines de que ejercieran nuevamente las funciones, por lo que consideró que los autos que acordaron la ejecución de la sentencia no desvirtuaban el contenido de las decisiones dictadas en el juicio.

Dispositiva

Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el ciudadano José Francisco Sánchez, asistido por la abogada Ysbelia Fuentes Méndez, y CONFIRMA la sentencia dictada el 31 de marzo de 2003, por el Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró sin lugar la acción de amparo constitucional interpuesta. Publíquese y regístrese. Devuélvase el expediente al tribunal de origen.

Palabras clave

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