Sentencia N° 267 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de marzo de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 267, Exp. 09-0047, 20/03/2009
Expediente09-0047
PonenteLuisa Estella Morales Lamuño
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-03-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un oficio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, relacionado con una acción de amparo constitucional interpuesta por el Fiscal Tercero del Ministerio Público. La acción se dirigía contra un acto del Juzgado Segundo de Juicio que notificó al demandante sobre su condición de imputado por desobediencia a la autoridad y la fecha del juicio oral. La Sala, tras estudiar el expediente, decidió ordenar a los juzgados correspondientes que remitan copias certificadas de los expedientes relacionados con el caso en un plazo determinado.

Extracto de la motiva

En el presente caso se interpuso acción de amparo constitucional contra “el acto dictado por el Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón” el 3 de noviembre de 2008, contenido en la boleta de notificación mediante el cual se le informó de su condición de imputado por la presunta comisión del delito de desobediencia a la autoridad y se estableció el 21 de noviembre de 2008, como la oportunidad para la celebración del juicio oral y público. Al respecto, se advierte que una vez realizado el estudio de las actas procesales que conforman el presente expediente, la Sala a fin de emitir una decisión ajustada a derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, estima imprescindible solicitar al Juzgado Segundo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón y al Juzgado Segundo en Funciones de Juicio del mismo Circuito Judicial, que en el lapso de cinco (5) días siguientes a su notificación, más cinco (5) días del término de la distancia, remitan a esta Sala copias certificadas -legibles- de todo el expediente correspondiente a las causas N° IP11-P-2008-000551 seguida a los ciudadanos Davide Prati y Lucas Caruzo y de la causa IJ11-P-2008-000011, seguida a los ciudadanos Khariña Yekhuana Duno, Teniente de Navío Gregorio Pérez y Argenis Omar Martínez Ramírez, respectivamente.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, ORDENA oficiar al Juzgado Segundo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón y al Juzgado Segundo en Funciones de Juicio del mismo Circuito Judicial, para que dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, más cinco (5) días del término de la distancia, den cumplimiento a lo establecido en el presente auto, so pena de incurrir en las infracciones señaladas en el numeral 2 del artículo 23 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que prevé la posibilidad de aplicar “(…) multa que oscilará entre el equivalente de mil unidades tributarias (1.000 U.T.) a tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.), a los funcionarios de los órganos del Poder Público que, estando obligados a hacerlo, no acataren sus órdenes ni le suministraren oportunamente las informaciones, datos o expedientes que solicitare de ellos, sin perjuicio de las sanciones penales a que haya lugar”.

Palabras clave

amparo constitucionaldesobediencia a la autoridadjuicio oralnotificaciónexpedienteCorte de ApelacionesTribunal Supremo de Justicia

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