Sentencia N° 267 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de febrero de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 267, Exp. 01-2443, 19/02/2002
Expediente01-2443
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-02-20
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por Brigitte Paquerette Esther Bernard Del Picchia de Thomas y Carlos Luis Portillo Pirela contra la decisión de la Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, que declaró la nulidad de la audiencia preliminar. La Sala consideró que la apelación interpuesta por el Ministerio Público violó derechos fundamentales de los accionantes, como el derecho a la defensa y a un debido proceso. Se ordenó la suspensión del curso del proceso penal hasta que se decida el fondo de la solicitud de amparo.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar la admisibilidad de la acción de amparo, establece que la misma cumple con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Se observa que la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró la nulidad de la audiencia preliminar, en virtud de la violación de derechos fundamentales, es susceptible de revisión. La Sala destaca que el principio de igualdad y el derecho a la defensa son esenciales en el proceso penal, y que la actuación de la Corte de Apelaciones no se ajustó a los estándares requeridos para garantizar un juicio justo. Por lo tanto, se concluye que la acción de amparo es procedente y se admite, ordenando la suspensión del proceso penal hasta que se resuelva el fondo de la cuestión planteada.
Dispositiva
1) ADMITE la acción de amparo constitucional ejercida por los ciudadanos BRIGITTE PAQUERETTE ESTHER BERNARD DEL PICCHIA DE THOMAS Y CARLOS LUIS PORTILLO PIRELA, asistidos por los abogados Pablo Aponte Salazar, José Gregorio Sánchez Pérez y Marielba Barboza Portillo, contra la decisión del 30 de julio de 2001, dictada por la Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. 2) ORDENA notificar a los ciudadanos miembros de la Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia para que concurran a la audiencia oral y pública en el día y hora que fije la Secretaría de esta Sala. 3) NOTIFIQUESE al Ministerio Público la apertura del presente juicio. 4) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia Penal que se encuentre en conocimiento de la causa, la suspensión del curso de la causa penal seguida a los ciudadanos Brigitte Paquerette Esther Bernard Del Picchia De Thomas y Carlos Luis Portillo Pirela, hasta tanto se decida el fondo de la presente solicitud de amparo constitucional.
Palabras clave
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