Sentencia N° 265 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de febrero de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 265, Exp. 07-1394, 28/02/2008
Expediente07-1394
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-02-28
DecisiónNO ACEPTA

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un expediente para revisión constitucional relacionado con una sentencia de la Sala de Casación Social que declaró sin lugar un recurso de hecho. La revisión fue solicitada por los apoderados de Argimiro Delgado Chacón, quien argumentó que la decisión de la Sala de Casación Social violó sus derechos fundamentales. La Sala Constitucional, tras analizar el caso, determinó que la remisión del expediente no era procedente, ya que la solicitud de revisión debía ser presentada directamente ante ella y no a través de otro tribunal. Finalmente, la Sala decidió no aceptar la remisión y ordenó devolver el expediente al tribunal de origen para su archivo.

Extracto de la motiva

La Sala considera oportuno reproducir parcialmente la argumentación sostenida por los recurrentes en el orden de interposición del recurso. Arguye el tercero opositor: PRIMERO: la decisión contra la cual anuncié en forma oportuna el Recurso de Casación, es una sentencia de última instancia que se dictó en un procedimiento especial contencioso sobre el estado y capacidad de las personas, como es el juicio de divorcio de los ciudadanos (…) por lo tanto está plenamente comprendida en el numeral 2 del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 490 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Omissis SEGUNDO: la sentencia interlocutoria dictada en primera instancia, en fecha 27 de octubre de 2005, por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado (sic) Táchira, Sala de Juicio, sobre la incidencia surgida en el Cuaderno (sic) Separado (sic) de Medidas (sic) que por divorcio intentara la ciudadana (…), fue apelada por la parte actora (…) apelación que fue decidida en fecha 6 de marzo de 2006, decisión ésta que me produjo gravamen irreparable y de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Uno (sic) del artículo 312 del CPC (sic) anuncié Recurso de Casación, por ser una sentencia interlocutoria que sí pone fin al juicio de divorcio, (…) sentencia que repito me causó un gravamen irreparable consistente en la adjudicación de bienes de mi propiedad a la comunidad patrimonial del matrimonio que existió entre los ciudadanos Ariana Iacobucci Rosales y Andrés Eloy Delgado Gómez.

Dispositiva

Con fundamento en los señalamientos que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República, por autoridad de la Ley, NO ACEPTA la remisión de la solicitud de revisión interpuesta por los apoderados judiciales del ciudadano ARGIMIRO DELGADO CHACÓN, contra la sentencia Nº 1484 del 2 de octubre de 2006, dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese y regístrese. Devuélvase el expediente al tribunal de origen para que proceda a su archivo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

revisión constitucionalsentencia interlocutoriaderechos fundamentalesrecurso de casacióncomunidad conyugalprotección del niñoTáchira

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca