Sentencia N° 2644 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de agosto de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 2644, Exp. 04-2210, 12/08/2005
Expediente04-2210
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-08-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la apelación presentada por los abogados de Teódulo Díaz Guevara, declaró con lugar la acción de amparo constitucional contra un auto del Juzgado Quinto de Primera Instancia que ordenó la suspensión de una medida de secuestro. La Sala consideró que la decisión del juzgado inferior vulneró los derechos al debido proceso y a la defensa, ya que la ejecución de la sentencia recurrida estaba suspendida por el anuncio de un recurso de casación. Por lo tanto, se revocó la decisión del juzgado superior que había declarado inadmisible la acción de amparo.

Extracto de la motiva

En la presente acción de amparo constitucional, la representación de la parte accionante alegó la violación de los derechos a la defensa, al debido proceso y al acceso a la justicia por el auto dictado el 29 de junio de 2004, que ordenó suspender una medida de secuestro en el procedimiento seguido por el ciudadano Teódulo Domingo Díaz Guevara contra “La Romana Hatillana C.A.”, proceso en el cual se dictó sentencia en segunda instancia, el 3 de diciembre de 2003, la cual fue objeto de recurso de casación, recurso que está pendiente de decisión ante la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Alegó la representación del accionante que contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la demanda por resolución de contrato, ejercieron recurso de casación, el cual fue admitido y sustanciado ante la Sala de Casación Civil, por lo cual la sentencia dictada por el aludido Juzgado Superior se encuentra suspendida en virtud del ejercicio del recurso de casación.

Dispositiva

1.- Declara CON LUGAR la apelación ejercida por los abogados Luis Alberto Torres Darias y Haleidy Rosa Díaz Rodríguez, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano TEÓDULO DÍAZ GUEVARA, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 23 de julio de 2004, que declaró inadmisible la presente acción de amparo. 2.- REVOCA la referida decisión dictada por el Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 23 de julio de 2004. 3.- Declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional ejercida por los abogados Luis Alberto Torres Darias y Haleidy Rosa Díaz Rodríguez, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano TEÓDULO DÍAZ GUEVARA, contra el auto dictado, el 29 de junio de 2004, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 4.- ORDENA la suspensión de las actuaciones en el proceso de resolución de contrato seguido por el ciudadano Teódulo Domingo Díaz Guevara contra “La Romana Hatillana C.A.” hasta que se decida el recurso de casación contra la sentencia dictada el 3 de diciembre de 2003, por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que cursa ante la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia bajo el expediente No. 04-173. 5.- ORDENA al Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oficiar a la depositaria judicial para que no proceda a la restitución del bien objeto de la medida, hasta que se decida el recurso de casación que cursa ante la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

amparo constitucionaldebido procesorecurso de casaciónmedida de secuestroderechos fundamentalesjusticiaresolución de contrato

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