Sentencia N° 264 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de julio de 2021
TSJ/SC, Sent. N° 0264, Exp. 18-0199, 09/07/2021
Expediente18-0199
PonenteARCADIO DELGADO ROSALES
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2021-07-09
DecisiónHOMOLOGA EL DESISTIMIENTO
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de una acción de amparo constitucional presentada por Zelenia del Valle Figuera Castro, representada por su abogado Julio César Ortega, contra sentencias de un Juzgado Superior. La acción fue presentada por la presunta violación de derechos constitucionales en un juicio de rendición de cuentas. Posteriormente, el abogado desistió de la acción de amparo, lo cual fue homologado por la Sala.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala Constitucional determinar su competencia para conocer del presente amparo y, a tal efecto, observa: En el presente caso, el apoderado judicial de la parte accionante, en su escrito, indicó que interpuso una acción de amparo “sobrevenido” contra el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, por la presunta violación de los principios establecidos en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, referidos a la tutela judicial efectiva y el debido proceso, en el marco del juicio de rendición de cuentas, interpuesto por la hoy accionante contra el ciudadano José Félix Marín Mata, titular de la cédula de identidad N° V-8.925.457. Ahora bien, esta Sala observa que el abogado de la parte accionante señaló en el escrito de desistimiento presentado el 20 de julio de 2018, que el 23 de mayo de 2018 el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, publicó el extenso de la sentencia que fuere dictada el 15 de mayo de 2018, en la cual declaró (en el recurso de apelación del juicio de rendición de cuentas -causa primigenia que dio origen al amparo- signado con el alfanumérico YP11-V-2016-000233) lo siguiente: “(…omissis…) CON LUGAR la demanda por RENDICIÓN DE CUENTAS intentada por la ciudadana ZELENIA DEL VALLE FIGUERA CASTRO, actuando como madre y representante legal de la adolescente (…), contra del ciudadano JOSE FELIX MARIN (sic) MATA. SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la demandante-recurrente-apelante ciudadana ZELENIA DEL VALLE FIGUERA CASTRO, actuando como madre y representante legal de la adolescente (…), asistida por el abogado en ejercicio JUAN CARLOS LOPEZ (sic) RAMÌREZ, contra la sentencia dictada por el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO, DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO de fecha veinte (20) de Marzo de 2018, mediante la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de RENDICION (sic) DE CUENTAS. TERCERO: PERECIDO el recurso de apelación ejercido por el ciudadano CARLOS AGERVIS ZAMBRANO actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE (sic) FELIX MARIN (sic) MATA, contra la sentencia de fecha veinte (20) de Marzo de 2018, dictada por el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO, DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, mediante la cual declar[ó] PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de RENDICION (sic) DE CUENTAS intentada por la ciudadana ZELENIA DEL VALLE FIGUERA CASTRO. CUARTO: Se modifica la sentencia dictada en fecha veinte (20) de Marzo de 2018, por el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO, DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, mediante la cual declar[ó] PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de RENDICION(sic) DE CUENTAS intentada por la ciudadana ZELENIA DEL VALLE FIGUERA CASTRO y se ordena la rendición de cuentas solicitada del dinero producto de la venta que hiciera el demandado con relación a decisión de fecha 4 de diciembre de 2014, dictado por el juzgado a quo. QUINTO: Téngase a la ciudadana ZELENIA DEL VALLE FIGUERA CASTRO, como representante legal y administradora exclusiva de los bienes de su hija la adolescente MARIA FELIX MARIN (sic) FIGUERA. SEXTO: Se acuerda dejar sin efecto el USUFRUCTO VITALICIO, constituido unilateralmente a favor del demandado JOSE (sic) FELIX MARIN (sic) MATA, por no estar debidamente autorizado por el juzgado a quo. Ofíciese al Registro Público del Municipio Caroní, estado Bolívar remitiéndole copias certificas de la presente decisión a los fines de estampar la debida nota marginal al documento mediante el cual se constituyó el usufructo. SEPTIMO (sic): Restitúyase el inmueble libre de gravamen, deudas, bienes y personas a la ciudadana ZELENIA DEL VALLE FIGUERA CASTRO, en su carácter de representante legal de la adolescente (…).
Dispositiva
HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado Julio César Ortega, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ZELENIA DEL VALLE FIGUERA CASTRO, quien actúa como madre y representante legal de una adolescente contra las sentencias dictadas el 20 de diciembre de 2017 y el 1 de marzo de 2018 por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro.
Palabras clave
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