Sentencia N° 2614 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de septiembre de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 2614, Exp. 03-0225, 25/09/2003
Expediente03-0225
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-09-25
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Guillermo Heredia Rodríguez y Luis Guillén Dávila, en representación de los Coroneles (Ej) Domingo Santana Gómez y Alexander Raffo Navarro, contra la recomendación del Comandante General del Ejército de instaurar un Consejo de Investigación. La Corte Primera de lo Contencioso Administrativo se declaró incompetente y remitió el caso a la Sala Constitucional.
Extracto de la motiva
La Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales en el artículo 6.3, prevé la inadmisibilidad del amparo, cuando la violación del derecho o la garantía constitucional, constituya una evidente situación jurídica irreparable, no siendo posible el restablecimiento de la situación jurídica infringida. En el presente caso, la Sala observa, que a pesar del desatino de la pretensión constitucional, ya que los apoderados judiciales de los accionantes dicen que obra contra el ciudadano Comandante General del Ejército, General de División Julio García Montoya; sin embargo, con dicha pretensión se busca el no sometimiento de éstos a un Consejo de Investigación.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados GUILLERMO HEREDIA RODRÍGUEZ y LUIS GUILLÉN DÁVILA, actuando en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos Coroneles (Ej) DOMINGO SANTANA GÓMEZ y ALEXANDER RAFFO NAVARRO. Publíquese y regístrese. archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amparo constitucionalConsejo de Investigaciónderechos constitucionalesdebido procesopresunción de inocenciaincompetenciatutela constitucional