Sentencia N° 2610 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de noviembre de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 2610, Exp. 03-2171, 17/11/2004
Expediente03-2171
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2004-11-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional revisa una solicitud de revisión de sentencia presentada por el Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. La sentencia en cuestión inaplicó ciertos artículos del Código Penal relacionados con la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad civil. La Sala observa que el Juez declaró la libertad plena del penado y extinguió su responsabilidad criminal, argumentando que la pena accesoria es infamante y discriminatoria. La Sala Constitucional establece su potestad para revisar sentencias de control de constitucionalidad y requiere certeza sobre el carácter de definitivamente firme del fallo objeto de revisión. Se ordena al Juzgado Primero de Primera Instancia que informe si las partes fueron notificadas de la decisión y si se incoó recurso de apelación. La Sala concluye ordenando la remisión de la notificación y del recurso de apelación, si existiera, en un plazo de veinticuatro horas.

Extracto de la motiva

La Sala para la sentencia observa: Por cuanto, para la solución del caso bajo análisis, esta Sala requiere la certeza sobre el carácter de definitivamente firme del fallo objeto de control de la constitucionalidad, que dictó el Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Por cuanto, es necesario que el Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas informe a esta Sala si las partes fueron notificadas de la decisión que pronunció el 14 de agosto de 2003 y si alguna de ellas incoó el recurso de apelación correspondiente contra la precitada sentencia que declaró la libertad plena y extinguió la responsabilidad criminal del ciudadano Guillermo Enrique Gómez Rodríguez, en virtud de la inaplicación de los artículos 13, cardinal 3; 16, cardinal 2 y 22 del Código Penal.

Dispositiva

En consecuencia, esta Sala Constitucional ordena al Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas que, en un lapso de veinticuatro (24) horas, que se contarán desde la recepción del oficio correspondiente, remita a esta Sala copia certificada de la notificación de las partes de la decisión que dictó el 14 de agosto de 2003 y del recurso de apelación que se incoó, si fuera el caso.

Palabras clave

revisión de sentenciainaplicación de penaCódigo Penallibertad plenaresponsabilidad criminalvigilancia de autoridadderechos humanos

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca