Sentencia N° 2609 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de agosto de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 2609, Exp. 03-0798, 12/08/2005
Expediente03-0798
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2005-08-12
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de interpretación presentado por los ciudadanos LUIS MANUEL ESCULPI y PABLO EMILIO CASTRO sobre los artículos 72 y 233 de la Constitución. Los recurrentes buscaban aclarar si un presidente cuyo mandato ha sido revocado puede postularse en las elecciones inmediatas siguientes. La Sala argumenta que ya se han emitido pronunciamientos sobre este tema, lo que hace que la solicitud carezca de novedad y, por ende, sea inadmisible.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de interpretación constitucional presentado por los ciudadanos LUIS MANUEL ESCULPI y PABLO EMILIO CASTRO, asistidos por el abogado León Antonio Arismendi Anuel, ya identificado, sobre el contenido y alcance de las disposiciones contenidas en los artículos 72 y 233 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de interpretación constitucional presentado por los ciudadanos LUIS MANUEL ESCULPI y PABLO EMILIO CASTRO, asistidos por el abogado León Antonio Arismendi Anuel, ya identificado, sobre el contenido y alcance de las disposiciones contenidas en los artículos 72 y 233 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Palabras clave
interpretacion constitucionalrevocatoria de mandatoderechos políticosreferendo revocatoriofalta absolutaparticipacion politicaconstitucionsoberania popular