Sentencia N° 2606 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de septiembre de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 2606, Exp. 02-1018, 22/10/2002
Expediente02-1018
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-09-05
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional recibió un oficio de la Corte de Apelaciones del Estado Carabobo relacionado con una solicitud de desacato de un amparo. La decisión de la Corte de Apelaciones había declarado infundada la solicitud de desacato. La Sala Constitucional, tras revisar el expediente y las actuaciones, determinó que el caso no configuraba la consulta de la decisión del 10 de abril de 2002, sino que debía anexarse a otro expediente en curso. Finalmente, se ordenó el envío de las actuaciones a la Corte de Apelaciones para su incorporación al expediente principal.
Extracto de la motiva
El 6 de mayo de 2000, se recibió en esta Sala Constitucional el oficio n° 159 proveniente de la Sala n° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, y adjuntas las actuaciones relativas a la causa n° 2RQ-532-02 (nomenclatura de dicha Corte), contentiva de la decisión dictada el 10 de abril de 2002, la cual declaró manifiestamente infundada la solicitud de desacato del amparo dictado por esa Corte el 7 de marzo de 2002, incoada por los abogados Carlos A. Torrelles Mendoza y José G. Muñoz Ortega, inscritos en el Inpreabogado bajo los núms. 22.204 y 86.030, respectivamente, en su carácter de defensor del ciudadano Oscar José Villalobos, contra la Juez Undécimo de Control de ese Circuito Judicial Penal. En la misma fecha se dio cuenta en Sala y se designó ponente al Magistrado doctor José Manuel Delgado Ocando, quien con tal carácter suscribe el presente fallo. Efectuada la lectura individual del expediente, para decidir se hacen las siguientes consideraciones: 1. De la portada de identificación del presente expediente se desprende que el mismo trata de la consulta de la decisión dictada el 10 de abril de 2002 por la Sala n° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo. 2. El oficio n° 159, recibido en esta Sala por la mencionada Corte de Apelaciones, en el cual se agregan las presentes actuaciones, expone lo siguiente: “Ciudadano: Presidente de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia SU DESPACHO.- Nos dirigimos Usted, a los fines de remitirle adjunto al presente Oficio, Causa N° 2RQ-532-02, contentiva de las actuaciones relativas a la solicitud de Desacato de Amparo, presentada por los abogados (...). Remisión que se hace, a los fines de que las presentes actuaciones sean anexadas a la Causa N° 2Ra-500-02, seguida al ciudadano OSCAR JOSÉ VILLALOBOS, decidida y enviada en consulta, por esta Sala a dicho Tribunal, mediante Oficio N° 103, de fecha 21 de Marzo de 2.001”.
Dispositiva
Publíquese, regístrese y remítanse las actuaciones a su Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
desacatoamparoCorte de ApelacionesconsultaCarabobodecisiónexpedientejusticia
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