Sentencia N° 26 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de febrero de 2020

TSJ/SC, Sent. N° 0026, Exp. 19-0227, 11/02/2020
Expediente19-0227
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2020-02-11
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Omar Alfredo Suárez Peña, debido a la falta de corrección de deficiencias en la demanda tras ser notificado de la decisión anterior. Se establece que la parte actora no cumplió con los requisitos exigidos por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, lo que impide a la Sala formarse una opinión sobre la situación jurídica alegada. La decisión se fundamenta en la normativa aplicable que establece la obligación de corregir las solicitudes de amparo que no cumplan con los requisitos establecidos.

Extracto de la motiva

Así las cosas, dado que la parte actora una vez notificada de la sentencia n.° 0317 de fecha 16 de agosto de 2019, dictada por esta Sala, omitió corregir las deficiencias que presenta la demanda de amparo por él interpuesta, en el sentido de precisar cuál o cuáles eran los sujetos presuntos agraviantes y el lugar de su ubicación, ello impide a este órgano jurisdiccional formarse una opinión respecto de la situación jurídica que supuestamente menoscabó sus derechos constitucionales, razón por la cual se declara inadmisible la acción de amparo ejercida, con fundamento en la norma transcrita supra. (Ver la sentencia n.° 0524 de fecha 3 de agosto de 2018, caso: Jesús Miguel Olivier Rodríguez). Así se decide.

Dispositiva

Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano OMAR ALFREDO SUÁREZ PEÑA.

Palabras clave

amparoinadmisiblederechos constitucionalesjurisdicciónacciónnormativa

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