Sentencia N° 2594 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de agosto de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 2594, Exp. 04-1270, 12/08/2005
Expediente04-1270
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-08-12
DecisiónINCOMPETENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por Julián Fernando Niño Gamboa contra una decisión del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo. La Sala determinó su incompetencia para conocer del caso, declinando el conocimiento a las Cortes de lo Contencioso Administrativo. La decisión se fundamentó en la temporal inactividad de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo y en la necesidad de garantizar la tutela del derecho al acceso a la justicia.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional asumió provisionalmente la competencia para tramitar las acciones de amparo cuya competencia le correspondía a aquella, para garantizar así la tutela del derecho previsto en el artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y hasta tanto reanudara su funcionamiento, todo según el criterio que se fijó en decisiones números 3436 del 8 de diciembre de 2003 y número 3468 del 10 de diciembre de 2003 (Caso: Asociación Civil y Cultural Comunitaria Amigos de Santa Rosalía). Es de observar, que la Sala Político-Administrativa, en ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 6, numeral 23, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de lo establecido en el artículo 255 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con lo acordado en la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en Resolución n° 2003-00033, del 27 de enero de 2004, resolvió el 15 de julio de 2004 designar los jueces de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso-Administrativo, señalándose que dichas Cortes se instalarían y comenzarían a ejercer sus competencias y atribuciones, a partir de la mencionada fecha.
Dispositiva
1) Se declara INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano JULIÁN FERNANDO NIÑO GAMBOA, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, el 27 de octubre de 2003. 2) DECLINA el conocimiento de la presente causa en las Cortes de lo Contencioso Administrativo, a cuya Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, se ordena su remisión, para que previa distribución sea asignada y conocida la causa por la Corte Primera o Segunda de lo Contencioso Administrativo.
Palabras clave
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