Sentencia N° 259 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de abril de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 259, Exp. 09-1098, 16/04/2010
Expediente09-1098
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2010-04-16
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por un grupo de trabajadores de Inversiones Camirra, S.A. contra la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingos y Máquinas Traganíqueles. Los accionantes alegaron que el cierre del Bingo Las Mercedes, donde laboran, vulneraba sus derechos laborales. La Sala, tras analizar la competencia, declaró inadmisible la acción de amparo, argumentando que los trabajadores carecían de legitimación para demandar, ya que la sanción de cierre solo afectaba a su patrono y no a su situación laboral directa.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala decidir sobre la declinatoria de competencia que hiciera a esta Sala Constitucional, el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas para conocer de la acción de amparo constitucional intentada contra una supuesta vía de hecho realizada por la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles, mediante la cual procedió al precintaje de novecientos setenta y tres (973) puestos de juego que no estaban autorizados por la referida Comisión y no declarados en el pago de las regalías y se ordenó el cierre del local. Al respecto, el artículo 56 de la Ley para el Control de los Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles atribuye la competencia para conocer de los amparos que se intenten en esa materia a la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia. En atención a dicha norma, esta Sala Constitucional estableció su competencia para el conocimiento -en única instancia- de las acciones de amparo interpuestas contra los actos, hechos u omisiones de la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles así como de otras autoridades administrativas que actúan en aplicación de la referida ley. (Vid s. S.C Nros. 265/2001, 1534/2001, 2570/2003, 4570/2005 y 575/2006, 1934/2008). De esta forma, visto que la presente demanda de tutela constitucional se intentó contra la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles, esta Sala se declara competente para conocer, en única instancia, la presente acción de amparo. Así se declara. Determinada la competencia, pasa esta Sala a pronunciarse sobre la admisibilidad de la acción de amparo interpuesta, y al respecto observa: La presente demanda de tutela constitucional fue ejercida por los trabajadores de Inversiones Camirra, S.A., quienes como tal han visto vulnerado su derecho al trabajo con ocasión del cierre del establecimiento (Bingo Las Mercedes) donde opera la referida sociedad mercantil.

Dispositiva

Por las consideraciones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara que acepta la COMPETENCIA que le declinó el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas para conocer la acción de amparo constitucional ejercida por los ciudadanos identificados en este fallo; acción que se declara INADMISIBLE. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

competenciaamparoderechos laboraleslegitimación activavía de hechoconstitucionalidad

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