Sentencia N° 2582 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de noviembre de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 2582, Exp. 04-2169, 12/11/2004
Expediente04-2169
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-11-12
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró sin lugar la apelación interpuesta por el abogado Fernando Andrade Sierra, actuando como apoderado judicial de la empresa C.A. Inversiones Camuca, contra la sentencia del Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil del Tránsito. La Sala confirmó que el procedimiento fue declarado terminado por abandono del trámite, dado que la parte actora no impulsó el proceso durante más de ocho meses. Además, se impuso una multa a la parte actora por entorpecer las labores del tribunal con demandas abandonadas.
Extracto de la motiva
La inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y, con ello, la extinción de la instancia. Así se declara.
Dispositiva
1.- Declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado Fernando Andrade Sierra, actuando como apoderado judicial de la empresa C.A. INVERSIONES CAMUCA. 2.- CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, el 14 de julio de 2004, que declaró TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la acción de amparo interpuesta por el abogado Fernando Andrade Sierra, actuando como apoderado judicial de la empresa C.A. INVERSIONES CAMUCA, contra la sentencia del 22 de agosto de 2003 que dictó el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. 3.- Se IMPONE a la parte actora una multa de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,oo), pagaderos, a favor de la Tesorería Nacional, en las oficinas del Banco Central de Venezuela.