Sentencia N° 2574 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de septiembre de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 2574, Exp. 01-1833, 24/09/2003
Expediente01-1833
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2003-09-24
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por TIENDAS KARAMBA V, C.A. contra los artículos 211, 212 y 213 del Código Orgánico Tributario, actualmente artículos 296, 297 y 298 del Código Orgánico Tributario vigente. La Sala consideró que las disposiciones impugnadas no vulneran los derechos a la defensa, al debido proceso, ni los principios de igualdad y no confiscación, ya que las medidas cautelares son necesarias para asegurar la percepción de créditos tributarios y no afectan de manera desproporcionada la capacidad económica de los contribuyentes.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el artículo 213 del Código Orgánico Tributario derogado regulaba lo relativo a la oportunidad y plazo de la medida, cuestiones éstas previstas en el artículo 298 del Código Orgánico Tributario vigente con algunas variantes, pero manteniendo lo relativo a la adopción de la medida inaudita parte, esto es, sin la presencia de la parte contra quien obra. Esta previsión legal no es más que el desarrollo del derecho constitucional a una tutela judicial efectiva, según el cual las medidas cautelares, por su instrumentalidad e idoneidad, se acuerdan para salvaguardar y garantizar una situación jurídica, de manera que ningún sentido tendría avisar al contribuyente, quien, por algún motivo (por ejemplo, existencia de anteriores reparos) se estima va a evadir su obligación tributaria, y se trata de aquél a quien se le va a embargar, secuestrar o retener algún bien de su propiedad, o se le prohibirá su enajenación, pues anticipar la medida, que en su contra se vaya a decretar, es tanto como vaciar dicha cautela de contenido y finalidad.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por los abogados LUIS E. COLMENARES SÁNCHEZ y FERNANDO JOSÉ OLIVO TOVAR, en representación de TIENDAS KARAMBA V, C.A, contra los artículos 211, 212 y 213 del Código Orgánico Tributario, actualmente los artículos 296, 297 y 298 del Código Orgánico Tributario vigente. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

nulidadinconstitucionalidadCódigo Orgánico Tributariomedidas cautelaresderecho a la defensadebido procesotutela judicial efectiva

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