Sentencia N° 257 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de febrero de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 257, Exp. 07-1283, 28/02/2008
Expediente07-1283
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-02-28
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión presentada por Costa & Costa C.A. contra una sentencia del Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de presentación de la copia certificada de la sentencia impugnada junto con la solicitud, lo cual es un requisito esencial para la revisión constitucional. La Sala argumenta que la presentación extemporánea de documentos no puede ser aceptada en este tipo de procedimientos.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala determinar previamente su competencia para conocer de la presente solicitud de revisión y, a tal efecto, observa: Conforme lo establece el cardinal 10 del artículo 336 de la Constitución, la Sala Constitucional tiene atribuida la potestad de “(…) revisar las sentencias definitivamente firmes de amparo constitucional y de control de constitucionalidad de leyes o normas jurídicas dictadas por los tribunales de la República, en los términos establecidos por la ley orgánica respectiva (…)”. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 16, en concordancia con el primer aparte del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, le corresponde a esta Sala Constitucional la revisión de las sentencias definitivamente firmes de amparo constitucional y control difuso de la constitucionalidad de leyes o normas jurídicas, dictadas por los demás tribunales de la República. Pasa esta Sala a pronunciarse sobre la admisibilidad de la presente solicitud de revisión, y al respecto observa: En el presente caso, observa la Sala que la parte solicitante, acompañó a su escrito, copia de la decisión que se impugna, extraída de la página Web del Tribunal Supremo de Justicia y no anexó al mismo, copia certificada de dicha decisión, lo cual es necesario para el examen de la solicitud formulada. En este punto, es menester señalar que dicho instrumento no merece fe pública y, por tanto, no es suficiente para fundamentar una solicitud de revisión como la planteada.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE –por falta de representación- la solicitud de revisión constitucional realizada por la sociedad mercantil Aserradero San Pedro C.A. por intermedio de su supuesto apoderado judicial, contra la decisión Nº 1516 del 3 de octubre de 2006 dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
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