Sentencia N° 2569 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de agosto de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 2569, Exp. 03-2808, 09/08/2005
Expediente03-2808
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2005-08-09
DecisiónProcedente
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a la solicitud de ejecución forzosa de una sentencia anterior, declara improcedente dicha petición y procedente el avocamiento solicitado por Gladys Josefina Jorge Saad. La Sala exhorta a la Sala Pleno del Tribunal Supremo de Justicia a emitir decisión respecto a la indemnización correspondiente a los demandantes, en atención a las directrices indicadas en el fallo anterior. Se ordena a la Sala Político Administrativa remitir las actuaciones del juicio por responsabilidad incoado por la solicitante.
Extracto de la motiva
En el presente caso, la solicitud de avocamiento se ha fundamentado en la negativa de la Sala Político Administrativa de llevar a cabo el cumplimiento de las decisiones dictadas por esta Sala Constitucional el 19 de noviembre de 2002 y el 6 de agosto de 2004, mediante las cuales, se consideró ha lugar la solicitud de revisión constitucional y, a su vez, se ordenó a esa instancia contencioso administrativa, dictar una nueva decisión en consideración a los lineamientos acordados, de manera vinculante, en sede constitucional. La solicitante ha señalado que desde la oportunidad en que esta Sala Constitucional emitió su última decisión (6 de agosto de 2004) hasta la presente fecha, no ha mediado pronunciamiento alguno con respecto a la demanda incoada, generándole detrimento a su derecho a la tutela judicial efectiva, toda vez que no se ha resuelto definitivamente el juicio, no obstante la orden impartida en las referidas decisiones.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la petición de ejecución de sentencia solicitada por la ciudadana Gladys Josefina Jorge Saad, el 24 de mayo del año en curso; PROCEDENTE el avocamiento solicitado; y, a los fines de pronunciarse sobre la causa principal, ORDENA a la Sala Político Administrativa remitir las actuaciones correspondientes al juicio incoado por la prenombrada ciudadana contra el Estado venezolano.