Sentencia N° 2564 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de agosto de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 2564, Exp. 04-2007, 08/08/2005
Expediente04-2007
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-08-08
DecisiónINCOMPETENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación de una acción de amparo constitucional interpuesta por José Melquíades Daza, quien fue suspendido de su cargo como Contralor Municipal. La Sala declaró su incompetencia para conocer del caso, declinando la competencia a las Cortes de lo Contencioso Administrativo, argumentando que el acto administrativo impugnado no causaba estado ni era definitivo. La decisión del Juzgado Superior que declaró inadmisible la acción de amparo fue objeto de revisión, pero la Sala consideró que no tenía materia sobre la cual decidir.

Extracto de la motiva

Como punto previo, resulta oportuno señalar que la decisión dictada el 16 de diciembre de 2003 por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, objeto de la presente apelación, se remitió a esta Sala per saltum, en atención a lo sostenido en la decisión dictada el 17 de diciembre de 2003 por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, oportunidad en la que efectivamente, esta Sala, asumió la competencia, hasta tanto reanudara su funcionamiento la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, para tramitar las consultas y apelaciones de los amparos constitucionales que decidieron los Juzgados Superiores en lo Civil y Contencioso Administrativo (al conocer en ésta última materia), así como las demandas de amparo intentadas en primera instancia contra fallos dictados por los referidos Tribunales, pues conforme a lo establecido por esta Sala en las sentencias N° 1555 del 8 de diciembre de 2000 (caso: Yoslena Chanchamire Bastardo), N° 1 del 20 de enero de 2000 (caso: Emery Mata Millán) y N° 87 del 14 de marzo de 2000 (caso: Elecentro), corresponde a dicho órgano jurisdiccional el conocimiento de las causas, ya sea en consulta o en apelación de las decisiones dictadas por los Juzgados Superiores con competencia en lo Contencioso Administrativo.

Dispositiva

Por lo expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, se declara: PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer de la presente apelación. SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA en las Cortes de lo Contencioso Administrativo el conocimiento de la apelación ejercida, contra la decisión dictada el 16 de diciembre de 2003 por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental que declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por el apoderado judicial del ciudadano JOSÉ MELQUÍADES DAZA, contra el acta N° 44 del 18 de noviembre de 2003, dictada por el Cabildo del Municipio Guaranito del Estado Portuguesa. Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de expedientes de las Cortes de lo Contencioso Administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparo constitucionalderecho a la defensadebido procesosuspensión de cargoincompetenciaactos administrativosCorte de lo Contencioso Administrativo

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