Sentencia N° 2558 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de septiembre de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 2558, Exp. 03-1305, 24/09/2003
Expediente03-1305
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2003-09-24
DecisiónAdmite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admite un recurso de interpretación solicitado por el abogado José Eladio Quintero Marquina en representación de Orlando Alcántara Espinoza, respecto a los artículos 148, 162 y 191 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La decisión se basa en la necesidad de aclarar la posible pérdida de investidura de los legisladores estadales que acepten otros cargos públicos remunerados.
La Sala establece su competencia para conocer de este tipo de casos y señala que la parte actora ha cumplido con los requisitos necesarios para la admisión del recurso. Se ordena la notificación del Fiscal General de la República y la publicación de un edicto para permitir la participación de interesados en el procedimiento.
Finalmente, la Sala aclara que solo se pronunciará sobre la primera de las pretensiones planteadas en el recurso, limitándose a la interpretación de las normas constitucionales invocadas.
Extracto de la motiva
La Sala, en atención a su propia jurisprudencia, tramitará este recurso como lo ha hecho en otras ocasiones, para lo cual ordena la notificación del Fiscal General de la República y la publicación de un edicto para hacer público su interposición, permitiendo así la participación de los interesados en el mismo. Así se declara. No se hará, sin embargo, audiencia oral, por lo que la Sala decidirá exclusivamente con base en los escritos que puedan presentarse, en un plazo no mayor de treinta (30) días, a partir de la oportunidad en que venza el lapso de cinco (5) días de despacho siguientes a la publicación del edicto, para que el Fiscal General de la República y los terceros interesados los consignen. Así se decide.
Dispositiva
1º ADMITE el recurso de interpretación interpuesto por el abogado JOSÉ ELADIO QUINTERO MARQUINA, en representación del ciudadano ORLANDO ALCÁNTARA ESPINOZA, respecto de los artículos 148, 162 y 191 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los términos establecidos en este fallo. 2º SE ORDENA la notificación del Fiscal General de la República, sobre la apertura del presente expediente, para que consigne escrito con su opinión respecto de la interpretación solicitada. 3º SE ORDENA publicar, a costa del actor, un edicto en un diario de alta circulación nacional para emplazar a los posibles interesados en este recurso, para que dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a su publicación, comparezcan ante la Secretaría de esta Sala, a fin de consignar sus escritos de alegatos, de estimarlo pertinente.