Sentencia N° 2557 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de octubre de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 2557, Exp. 01-1290, 15/10/2002
Expediente01-1290
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2002-10-15
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de interpretación interpuesto por WILLIAN LARA, Presidente de la Asamblea Nacional, en relación con el numeral 10 del artículo 187 de la Constitución. La Sala determinó su competencia para conocer del recurso, pero concluyó que la solicitud era inadmisible debido a la falta de legitimación del recurrente, quien no demostró un interés jurídico actual y legítimo para solicitar la interpretación.
Extracto de la motiva
En virtud de las atribuciones de protección de la Constitución que ésta le confiere a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, la misma en sentencia Nº 1077 del 22 de septiembre de 2000 (caso Servio Tulio León), afirmó su competencia para interpretar el contenido y alcance de las normas y principios constitucionales, de conformidad con lo establecido en el artículo 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 336 eiusdem, y al respecto, estableció lo siguiente: 'El recurso de interpretación de las normas y principios constitucionales, no se encuentra regulado en forma especial ni en la vigente Constitución ni en la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, por lo que en la nueva Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, deberá ser definido su procedimiento. Sin embargo, considera la Sala que dentro de la facultad interpretativa con carácter vinculante, que le otorga el artículo 335 de la vigente Constitución, y por las razones antes expuestas, puede asumir la interpretación, no solo en los procesos contenciosos que decida, sino también mediante este especial ‘Recurso de Interpretación'. El criterio no es sólo jurídicamente válido, sino además necesario.'
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de interpretación interpuesto por el ciudadano WILIAN LARA, antes identificado, sobre el contenido y alcance del numeral 10 del artículo 187 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente.
Palabras clave
interpretacion constitucionalasamblea nacionalmocion de censuralegitimacionconstitucionrecurso de interpretacioninteres juridico