Sentencia N° 2548 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de octubre de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 2548, Exp. 02-0350, 15/10/2002
Expediente02-0350
PonenteAntonio J. García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-10-15
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad de una acción de amparo constitucional interpuesta por ZMO COMERCIAL C.A. contra el Servicio Autónomo de Sanidad Agropecuaria (SASA) por la negativa de expedir permisos fitosanitarios. La Corte Primera de lo Contencioso Administrativo había declarado improcedente la acción, argumentando que ya se había resuelto previamente una acción similar. La Sala Constitucional, sin embargo, determinó que la improcedencia no era adecuada y que debía considerarse como inadmisibilidad, dado que los supuestos ya habían sido decididos anteriormente.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse hacer de su competencia y, al respecto, observa que la decisión sometida a consulta es la dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el 2 de agosto de 2001, razón por la cual, esta Sala, en virtud del criterio sentado en las sentencias del 20 de enero de 2000 (Casos Emery Mata Millán y Domingo Ramírez Monja), resulta competente para conocer de la misma. Así se declara. Acordada su competencia, la Sala observa que en la presente acción de amparo constitucional, el sentenciador la declaró improcedente visto que ya había resuelto con anterioridad, por vía de amparo cautelar, la misma pretensión formulada por los accionantes. En tal sentido, esta Sala debe advertir que en aquellos casos en los cuales se interponga una acción de amparo constitucional cuyos supuestos hayan sido decididos previamente por la misma vía procesal, no constituye en realidad una causal de improcedencia, tal como lo ha analizado el sentenciador, sino más bien de inadmisibilidad de conformidad con lo establecido en el artículo 6, numeral 8 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, REVOCA la decisión dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el 1º de junio de 2001, en el juicio de amparo constitucional interpuesto por los apoderados judiciales de ZMO COMERCIAL S.A., contra el Servicio Autónomo de Sanidad Agropecuaria (SASA), y declara la presente acción INADMISIBLE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6, numeral 8 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Palabras clave

amparo constitucionalinadmisibilidadpermisos fitosanitariosimportaciónSASAderechos constitucionalesLey Orgánica de Amparo

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