Sentencia N° 2547 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de septiembre de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 2547, Exp. 03-0812, 22/09/2003
Expediente03-0812
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaCivil
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2003-09-22
DecisiónCon Lugar
Resumen
El Tribunal decreta un auto para mejor proveer, solicitando al Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito que informe si ha conocido y sentenciado el reclamo interpuesto por Inversiones Inmobiliarias IAR 1997 C.A. El plazo para la respuesta es de cinco días continuos desde la notificación. Posteriormente, la Sala procederá a sentenciar sin necesidad de audiencia de las partes. La decisión busca asegurar que se cumpla con el debido proceso en la resolución del reclamo.
Dispositiva
El Tribunal decreta auto para mejor proveer a fin que el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, informe a esta Sala dentro de los cinco días continuos siguientes a su notificación, si ha conocido y sentenciado el reclamo interpuesto por Inversiones Inmobiliarias IAR 1997 C.A., el 25 de febrero de 2003, ante el Juez ejecutor. Dentro de los cinco días siguientes de la recepción de la información, o al final del plazo, la Sala procederá a sentenciar sin necesidad de audiencia de las partes. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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