Sentencia N° 2528 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de octubre de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 2528, Exp. 02-0359, 15/10/2002
Expediente02-0359
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2002-10-15
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una consulta de ley relacionada con una acción de amparo interpuesta por la abogada Merari Carrizalez en favor de José Alejandro Martínez Escobar. La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara había declarado terminado el procedimiento debido a la ausencia de las partes en la audiencia. La Sala reafirmó la jurisprudencia que establece que la falta de comparecencia del accionante implica el abandono del procedimiento, lo que justifica la decisión de la Corte de Apelaciones.

Extracto de la motiva

Visto que esta circunstancia se suscitó en la audiencia fijada a propósito de la acción de amparo propuesta por la ciudadana abogada Merari Carrizalez, a favor del ciudadano José Alejandro Martínez Escobar, la decisión de declarar terminado el trámite de la misma por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, debe ser ratificada por esta Sala, en virtud de que se ajusta a la doctrina constitucional sostenida. Así se decide.

Dispositiva

CONFIRMA la decisión dictada el 14 de noviembre de 2001 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que declaró terminado el procedimiento a través del cual fue tramitada la acción de amparo propuesta por la ciudadana abogada Merari Carrizalez, a favor del ciudadano JOSÉ ALEJANDRO MARTÍNEZ ESCOBAR, contra las actuaciones realizadas por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara.

Palabras clave

amparoconstitucionaljurisprudenciaprocedimientoaudienciaabandonarderechosgarantías

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