Sentencia N° 2516 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de noviembre de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 2516, Exp. 04-1435, 02/11/2004
Expediente04-1435
PonenteIVÁN RINCÓN URDANETA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-11-02
DecisiónREMITE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un expediente relacionado con una acción de amparo constitucional presentada por ARGUS PUBLICIDAD C.A. contra el Alcalde del Municipio Baruta y el SEMAT, por presunta violación de derechos constitucionales. La Sala decidió remitir el caso a la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo debido a la improcedencia de la acción de amparo dictada por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso-Administrativo. La decisión se fundamenta en la inusual circunstancia de inaccesibilidad temporal de la Corte Primera, lo que llevó a la Sala a asumir el conocimiento del recurso de apelación de manera excepcional.

Extracto de la motiva

La Sala, con fundamento en el literal b) de la Disposición Derogatoria, Transitoria y Final de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y en el artículo 4 de la Resolución dictada, el 10 de diciembre de 2003, por la Sala Plena de este Supremo Tribunal, publicada en la Gaceta Oficial n° 37.866, del 27 de enero de 2004, acuerda REMITIR la presente causa a la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo para que se pronuncie sobre el recurso de apelación del fallo proferido en este proceso en el primer grado de jurisdicción.

Dispositiva

Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparo constitucionalderechos constitucionalesimprocedenciaCorte PrimeraContencioso-AdministrativoremisiónjurisdicciónEstado Miranda

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca